lunes, 23 de noviembre de 2009
sábado, 21 de noviembre de 2009
DESINSECTACION 2010
Para bajar el cronograma del 1er. Operativo Sistematico de Desinsectacion 2010
Click aqui:
http://docs.google.com/Doc?docid=0Afep-gxUsOawZGY1c3FtaDNfMGd0c3Zmc2hu&hl=es
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jueves, 12 de noviembre de 2009
domcilio
Libertador San Martín 1941
(1650) San Martín
TE: 011-4753-0241
Telefax : 011-4753-8626
Correo electrónco: ce04501@ed.gba.gov.ar
(1650) San Martín
TE: 011-4753-0241
Telefax : 011-4753-8626
Correo electrónco: ce04501@ed.gba.gov.ar
normativa
Leyes Nos. 10.430 - 11.612 - 7.764 - 24.195 -
Decretos 7.647
resoluciones 214/95
circulares 1 a 31/05 - 2/05
Comunicaciones 1 a 31/05 - 2/06
Decretos 7.647
resoluciones 214/95
circulares 1 a 31/05 - 2/05
Comunicaciones 1 a 31/05 - 2/06
consejo escolar
Misiones y Funciones
• Observar el cumplimiento de las Leyes que regulan el funcionamiento de los Consejos Escolares.
• Colaborar con la implementación de políticas de atención primaria de la Salud en coordinación con los organismos correspondientes del Gobierno Nacional y Provincial.
• Articular con los organismos estatales y organizaciones libres relacionados a la aplicación de planes y programas socio - sanitarios en promoción y prevención de la salud.
• Asistir y controlar el funcionamiento de las Direcciones de Administración de Recursos Humanos, de Logística y de Política Alimentaria y Educación para la Salud.
• Relacionar la actuación de los Consejos Escolares con las distintas áreas de gestión descentralizada de la Dirección General de Cultura y Educación y de los Ministerios Provinciales en referencia a la atención de los servicios educativos.
• Articular la acción conjunta de la Dirección General de Cultura y Educación con los distintos Ministerios en relación a los planes y programas socio - sanitarios y alimentarios de aplicación sobre la población educativa.
• Promover la vinculación intersectorial e interinstitucional con las áreas que se consideren pertinentes, a fin de asegurar la provisión de servicios sociales, psicológicos, legales, psicopedagógicos y médicos que garanticen condiciones adecuadas para el aprendizaje.
• Observar el cumplimiento de las Leyes que regulan el funcionamiento de los Consejos Escolares.
• Colaborar con la implementación de políticas de atención primaria de la Salud en coordinación con los organismos correspondientes del Gobierno Nacional y Provincial.
• Articular con los organismos estatales y organizaciones libres relacionados a la aplicación de planes y programas socio - sanitarios en promoción y prevención de la salud.
• Asistir y controlar el funcionamiento de las Direcciones de Administración de Recursos Humanos, de Logística y de Política Alimentaria y Educación para la Salud.
• Relacionar la actuación de los Consejos Escolares con las distintas áreas de gestión descentralizada de la Dirección General de Cultura y Educación y de los Ministerios Provinciales en referencia a la atención de los servicios educativos.
• Articular la acción conjunta de la Dirección General de Cultura y Educación con los distintos Ministerios en relación a los planes y programas socio - sanitarios y alimentarios de aplicación sobre la población educativa.
• Promover la vinculación intersectorial e interinstitucional con las áreas que se consideren pertinentes, a fin de asegurar la provisión de servicios sociales, psicológicos, legales, psicopedagógicos y médicos que garanticen condiciones adecuadas para el aprendizaje.
martes, 3 de noviembre de 2009
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